2026-09-25

PODER JUDICIAL

El STJ confirmó el rechazo de un amparo por una licencia profesional de taxi en Bariloche

El Superior Tribunal de Justicia confirmó que el reclamo de un taxista de Bariloche no podía resolverse mediante un amparo. El fallo no define si corresponde renovar la licencia, sino que señala que la cuestión debe discutirse por otra vía.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) confirmó el rechazo de un amparo presentado por un taxista de Bariloche, quien había cuestionado la decisión municipal de no renovar su licencia profesional debido a un antecedente penal.

El hombre, de 72 años, había sido condenado a dos años de prisión en suspenso por una pelea callejera ocurrida en 2018. Según planteó en el expediente, la pena ya había sido cumplida y durante los años siguientes pudo renovar su licencia profesional de manera ininterrumpida, entre 2019 y 2024.

Al intentar realizar nuevamente el trámite este año, la Municipalidad de Bariloche rechazó la solicitud. Según consta en el caso, el municipio fundamentó la decisión en el Decreto 196/2025, reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito.

El taxista inició entonces un reclamo administrativo y posteriormente presentó un amparo ante la Justicia. Sostuvo que el trabajo como taxista constituye el único ingreso de su familia y cuestionó que se utilizara una condena ya cumplida para impedirle continuar con la actividad.

También argumentó que la nueva reglamentación no podía aplicarse de manera retroactiva y señaló que no estaba solicitando una licencia profesional por primera vez, sino renovando una habilitación que había mantenido durante varios años.

La Unidad Jurisdiccional Contencioso Administrativa de Bariloche rechazó el amparo al considerar que esa vía excepcional no era adecuada para resolver el conflicto. El hombre apeló y el caso llegó al Superior Tribunal de Justicia.

El STJ no analizó si el Decreto 196/2025 fue correctamente aplicado al caso ni determinó si el antecedente penal puede impedir la renovación de la licencia. El tribunal concentró su análisis en una cuestión procesal: si el amparo era la vía adecuada para discutir la decisión municipal.

Según el fallo, cuando el taxista acudió a la Justicia todavía se encontraba abierta la instancia administrativa. El hombre había solicitado al municipio que reconsiderara la negativa y, antes de que se agotaran los mecanismos disponibles en esa instancia, presentó el amparo.

El Tribunal también señaló que la decisión municipal estaba fundada en una normativa vigente. Determinar si esa reglamentación corresponde aplicar al caso concreto, así como analizar el planteo referido a su eventual retroactividad, requiere un debate más amplio que el que permite una acción de amparo.

Por estos motivos, el STJ confirmó el rechazo del amparo.

La sentencia no establece que el taxista no tenga derecho a renovar su licencia profesional. Tampoco determina que el antecedente penal sea suficiente para impedir la renovación. La decisión se limita a establecer que ese planteo no podía resolverse mediante el amparo presentado en esas condiciones.

Una vez agotada la instancia administrativa, la cuestión podrá ser discutida mediante la vía contencioso-administrativa correspondiente.

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