PODER JUDICIAL

La acusaron de robo frente a sus compañeros, la despidieron y la Justicia ordenó indemnizarla

vUna trabajadora con más de 21 años de antigüedad fue despedida con causa por “pérdida de confianza”. La Justicia laboral consideró que no se probó el hecho y condenó a la empresa a indemnizarla por despido injustificado y daño moral.
martes 23 de junio de 2026

La Cámara Segunda del Trabajo de General Roca hizo lugar, en gran medida, a la demanda iniciada por una trabajadora contra la empresa El Coloso S.A., al considerar que el despido dispuesto en 2024 fue injustificado y carente de pruebas suficientes.

La mujer se desempeñó durante más de 21 años como vendedora en un comercio de la ciudad de Roca. Según se desprende del expediente, la situación que derivó en el conflicto ocurrió cuando, al finalizar una jornada laboral, la encargada del local le solicitó que abriera su riñonera frente a sus compañeros. En ese momento apareció una prenda de ropa interior, hecho que generó una discusión inmediata y acusaciones de robo.

La trabajadora sostuvo durante el proceso que desconocía cómo esa prenda había llegado a sus pertenencias y afirmó haber sido humillada públicamente frente a sus compañeros. Ese mismo día, al intentar regresar a su puesto, se le impidió el ingreso y fue notificada de su despido con causa, bajo la figura de “pérdida de confianza”.

La empresa argumentó que existían registros de cámaras de seguridad que demostrarían el supuesto intento de sustracción de una prenda, lo que justificaba la ruptura del vínculo laboral por violación del deber de buena fe.

Sin embargo, durante el juicio la Cámara valoró que la firma no presentó denuncia penal ni produjo prueba testimonial que respaldara la acusación. Además, los videos mencionados no pudieron ser reproducidos en forma válida ni cumplieron con los requisitos probatorios necesarios.

El tribunal remarcó que la carga de la prueba recaía sobre la empresa, y que no se logró acreditar el hecho que motivó el despido. En ese sentido, concluyó que la causal invocada no quedó demostrada y que la desvinculación fue arbitraria.

También se tuvo en cuenta que la empresa había anunciado el cierre del comercio para 2025, así como la exposición policial realizada por la trabajadora días después de los hechos, donde denunció lo ocurrido.

En consecuencia, la Justicia ordenó a El Coloso S.A. el pago de indemnizaciones por despido injustificado, actualización de créditos laborales, entrega de certificados laborales y una reparación por daño moral.

Sobre este último punto, los jueces consideraron especialmente que la mujer fue acusada públicamente de un delito no probado, lo que generó una afectación en su integridad emocional. Un informe psicológico incorporado a la causa describió un cuadro de angustia, alteraciones del sueño y malestar emocional vinculado al episodio.

Temas de esta nota
¿Qué te genera esta noticia?