2018-04-05

Judiciales

Cinco años de prisión para el hombre que baleó a otro en el barrio Ada María Elflein

En el marco de un juicio abreviado se condenó a un hombre a cinco años de prisión efectiva, por los hechos ocurridos el día 16 de marzo en el barrio Ada María Elflein, cuando un hombre resultó víctima de dos disparos de arma de fuego.

Esto encuadra en los delitos de lesiones graves agravadas por su comisión con arma de fuego; de acuerdo a lo normado en los artículos 90, 41 bis y 45 del Código Penal.

En ese contexto y acompañado por el defensor oficial Marcos Ciciarello reconoció su responsabilidad total en la comisión del hecho, acordó con el monto de la pena impuesta; todas ellas condiciones necesaria para la realización de un juicio abreviado y generar este acuerdo enmarcado en el artículo N° 212 del Código Procesal Penal .

En tanto que el otro hombre que fuera imputado al momento de la formulación de cargos el día 17 de marzo, continuará con prisión preventiva y vinculado a la causa. Es asistido legalmente para su defensa por el abogado Horacio Bruscellaria.

Se atribuye el hecho ocurrido el día 12 de marzo a las 12:30 horas aproximadamente en la intersección de las calles Rolando y 2 de agosto en el playón de estacionamiento en la vía pública de nuestra ciudad, momento en el que la víctima abordó un auto de propiedad de su madre y arriban al lugar otros dos hombres a bordo de un vehículo utilitario.

En ese momento desciende uno de ellos, (quien hoy resulta condenado) y portando un arma de fuego tipo pistola, sin mediar palabra se acerca y le efectúa dos disparos de arma de fuego. Uno de ellos impacta en el brazo izquierdo del mismo. Producto de la agresión la víctima sufrió una herida en el antebrazo que lo inmovilizar a para ejercer su tareas habituales por más de un mes.

Luego de la agresión ambos imputados se dieron a la fuga del lugar hasta que fueron interceptados en la ruta nacional 40 y detenidos por la policía de Río Negro.

El tribunal compuesto por los jueces de Juicio Marcelo Barrutia, Héctor Leguizamon Pondal y Marcos Burgos declararon al acusado penalmente responsable del delito de lesiones graves por el uso de arma de fuego y le impusieron la pena de cumplimiento efectivo de cinco años. Acto seguido procedieron a homologar el acuerdo entre las partes y emitieron la correspondiente sentencia condenatoria.

En el caso del otro imputado concedieron la prórroga de la prisión preventiva dado que el mismo posee condenas anteriores en suspenso y el riesgo procesal que ello significa.

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