2025-07-25

PODER JUDICIAL

Fijan una cuota alimentaria a un padre que enviaba dinero desde Chile en forma irregular

Una jueza de Roca determinó que el hombre deberá abonar el 30% de sus ingresos tras años de asistencia económica esporádica. La decisión busca garantizar el bienestar de su hija de 8 años.

Una jueza de familia de General Roca fijó una cuota alimentaria definitiva para un hombre que reside en Chile y que, desde hace años, enviaba dinero para su hija en forma esporádica y con montos que él mismo definía. La medida establece que deberá pagar el 30% de sus ingresos mensuales entre el 1 y el 10 de cada mes, en la cuenta judicial correspondiente.

El fallo se produjo luego de una demanda presentada por la madre de la niña, quien detalló ante la Justicia todas las necesidades económicas vinculadas a la crianza, ya que el aporte del padre era irregular y no alcanzaba a cubrir lo básico.

La menor, actualmente de 8 años, vive con su mamá en una vivienda compartida y precaria, y su manutención recae principalmente en ella, con apoyo de su familia materna.

La mujer explicó que al principio de la separación el padre no aportó nada económicamente, y recién comenzó a enviar dinero cuando la niña cumplió cuatro años, pero de manera intermitente, sin claridad ni compromiso. Además, nunca informó sobre sus ingresos reales.

El informe social destacó que la madre no cuenta con ingresos fijos ni registrados, ya que realiza trabajos de estética facial y recibe una asignación por su hija. La prueba testimonial confirmó que el vínculo del padre con la niña es distante, y que habría adquirido recientemente un terreno en Chile, aunque no se conocen detalles sobre su situación económica.

La jueza consideró la desproporción entre los gastos de crianza y el aporte del padre, y también valoró el trabajo no remunerado que implica el cuidado diario de una hija. En ese sentido, la sentencia subrayó que ambos progenitores deben compartir la responsabilidad de cubrir las necesidades de sus hijos.

El fallo busca garantizar el interés superior del niño, y estableció un piso económico proporcional a los ingresos del padre, a fin de asegurar el bienestar de la niña en el presente y a futuro.

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