2025-08-26

PODER JUDICIAL

Cámara de Apelaciones anula reconocimiento paterno tras prueba de ADN

La Cámara de Apelaciones revocó el reconocimiento de un hombre como padre tras comprobarse que no existía vínculo biológico ni relación afectiva con la menor.

Un fallo reciente de la Cámara de Apelaciones en Río Negro anuló el reconocimiento paterno de un hombre que había aceptado ser padre de una niña durante una relación breve, tras comprobarse mediante ADN que no existía vínculo biológico.

El hombre había solicitado la nulidad del reconocimiento luego de que la prueba genética confirmara que no era el padre biológico, pero un juzgado de familia de Roca había rechazado su pedido. Según el tribunal de primera instancia, no hubo un vicio en el consentimiento y la demanda se presentó tras un reclamo de alimentos iniciado por la madre.

La Cámara de Apelaciones revocó esa decisión, advirtiendo que la gestión judicial fue confusa y que la niña ni siquiera fue citada para ser escuchada. Los jueces consideraron que el reconocimiento se basó en un error como vicio del consentimiento y que no existía una relación afectiva o social consolidada entre el hombre y la menor.

Según los informes sociales, la niña no conoce al hombre y no se acreditó ninguna relación significativa. La madre tampoco reactivó el proceso de alimentos durante más de dos años, lo que reforzó la decisión del tribunal.

En consecuencia, la Cámara determinó que no había beneficio alguno en mantener un reconocimiento paterno sin base biológica ni emocional, y ordenó que la menor quede registrada únicamente con el apellido materno.

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