BARILOCHE
Condenan al municipio por daños a un vehículo causados por la caída de un árbol
Una sentencia del fuero Contencioso Administrativo responsabilizó a la Municipalidad de Bariloche por los daños ocasionados a un vehículo familiar tras la caída de una rama de coihue desde la vereda sobre una propiedad privada.
El juez interviniente consideró que la comuna incurrió en una falta de servicio por no garantizar el mantenimiento del arbolado público, y condenó al Estado municipal a indemnizar a la propietaria. Sin embargo, también asignó un 25% de responsabilidad a la víctima, al entender que no había dado intervención a las autoridades pese al riesgo evidente.
El magistrado recordó que, según la normativa local, el arbolado urbano constituye un servicio público bajo la órbita exclusiva del municipio. Por lo tanto, es deber del Estado controlar su estado sanitario y actuar preventivamente cuando represente un peligro para personas o bienes.
El fallo rechazó los argumentos de la defensa, que había planteado que una nevada extraordinaria constituyó un caso fortuito. La resolución señaló que “las nevadas intensas no pueden ser consideradas imprevisibles en una ciudad cordillerana como Bariloche”, descartando que un fenómeno climático habitual interrumpiera el nexo causal.
La prueba reunida fue determinante: vecinos declararon que el vehículo estaba estacionado dentro del terreno, junto al portón de ingreso, y que la rama desprendida provenía de un ejemplar ubicado en la vereda. Además, recordaron que existían reclamos previos de frentistas para que el árbol fuera podado o retirado por el riesgo que representaba.
No obstante, la sentencia señaló que en una zona boscosa y de difícil acceso, como el Cerro Otto, el deber de prevención es compartido. Por eso, la mujer también fue considerada parcialmente responsable.
El juez remarcó que la responsabilidad estatal en estos casos se enmarca en la “falta de servicio”, es decir, en un funcionamiento defectuoso u omiso de un deber público. Destacó que el municipio, como custodio del arbolado urbano, no puede eximirse de su deber de control alegando la magnitud de las nevadas o la carga de trabajo.
En definitiva, la sentencia ordenó a la Municipalidad cubrir la mayor parte de los daños ocasionados, incluyendo la reparación del rodado y la privación de uso durante más de dos meses, período en el que la familia no pudo disponer de su único medio de transporte. La resolución no está firme, ya que puede ser apelada.