2025-10-21

PODER JUDICIAL

STJ de Río Negro declaró inadmisible el recurso federal de la defensa de cinco miembros de Lof Che Buenuleo

El Superior Tribunal de Justicia rechazó la vía extraordinaria federal de cinco integrantes de la comunidad Lof Che Buenuleo condenados por usurpación en Bariloche, agotando la instancia recursiva provincial.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro declaró inadmisible el recurso extraordinario federal presentado por la defensa pública de cinco integrantes de la comunidad Lof Che Buenuleo, quienes habían sido condenados por usurpación en Bariloche. Con esta resolución, firmada el 17 de octubre, se agotó la vía recursiva en el fuero provincial.

El recurso había sido presentado con el objetivo de que la Corte Suprema de Justicia revisara el caso. La defensa alegó que la sentencia penal violaba garantías constitucionales, desconocía el derecho a un juez imparcial y omitía la aplicación de normativa sobre derechos de pueblos originarios. También cuestionó la valoración de la prueba y la imposición de medidas restrictivas.

El STJ rechazó la instancia excepcional por razones formales, sin tratar la cuestión de fondo. Señaló que no se cumplieron los requisitos para habilitar la vía federal y que los argumentos de la defensa fueron insuficientes, al no relacionar claramente las normas invocadas con los hechos resueltos en la sentencia.

Además, el tribunal provincial destacó que la defensa no ofreció una crítica concreta a los fundamentos del fallo condenatorio, limitándose a reiterar planteos ya tratados en instancias anteriores.

En la etapa de juicio, el tribunal de Bariloche condenó a los cinco imputados tras acreditar que ingresaron de manera ilegítima a un lote y despojaron de la posesión a un particular. La defensa sostuvo que se trataba de un territorio comunitario, amparado por normativa vigente.

Durante el debate se presentaron resoluciones del INAI y testimonios sobre la ocupación tradicional del área, pero los jueces consideraron que no se acreditó un derecho legítimo sobre el inmueble por parte de los acusados.

La sentencia también incluyó medidas cautelares que impiden a los condenados acercarse al predio o contactar a los denunciantes. Estos cuestionamientos fueron apelados en distintas etapas, pero sin modificaciones, considerándose la medida razonable frente a los hechos probados.

En el recurso extraordinario federal, la defensa retomó parte de estos planteos, citando jurisprudencia de la Corte Interamericana y reclamando la falta de aplicación del derecho a los pueblos originarios. El STJ evaluó que los argumentos no estaban suficientemente desarrollados para constituir una cuestión federal válida y los rechazó.

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