JUDICIALES
Sobreseyeron a un coordinador por la muerte de Tomás Octavo durante un viaje de egresados
La Justicia de Bariloche sobreseyó a un coordinador de viajes de egresados que era investigado por la muerte de Tomás Octavo, un estudiante de 17 años que falleció en octubre de 2022 luego de atravesar un cuadro que derivó en una falla multiorgánica.
El sobreseimiento alcanzó a Ezequiel Castaño, quien tenía 19 años al momento de los hechos y realizaba su primer viaje como coordinador “en formación” para la empresa Traveldance.
Según la resolución, difundida a partir de información publicada por el diario Río Negro, la Justicia consideró que no existían elementos suficientes para atribuirle responsabilidad penal. Entre los fundamentos se tuvo en cuenta que Castaño se encontraba en una etapa de formación y que no tenía funciones de dirección ni supervisión dentro del contingente.
La investigación se inició luego de que Octavo presentara fiebre alta y dolores corporales durante su viaje de egresados en Bariloche. El cuadro se agravó posteriormente, cuando el adolescente regresó a San Justo, provincia de Buenos Aires, donde finalmente murió a causa de una falla multiorgánica.
La causa judicial tuvo durante este año distintas resoluciones. Mientras Castaño fue sobreseído, otros coordinadores continúan bajo investigación por posibles omisiones vinculadas al cuidado del estudiante.
Uno de ellos es Diego Cañete, quien tenía a su cargo las directivas dentro del contingente durante el viaje.
En ese marco, la investigación puso el foco en la atención que recibió Octavo durante su estadía. De acuerdo con la pesquisa, pese a los pedidos realizados por sus compañeros, el adolescente no fue trasladado a un centro de salud de Bariloche y solamente fue atendido por una médica que se encontraba en el hotel donde se alojaba el grupo.
Para los investigadores, esta situación formó parte de una “cadena de omisiones” que habría incidido en la evolución del cuadro.
Una médica fue condenada
En mayo de este año, la médica Ana Carlín fue condenada a tres años de prisión condicional y diez años de inhabilitación especial para ejercer medicina clínica y realizar guardias médicas.
La profesional reconoció su responsabilidad penal en el homicidio culposo de Tomás Octavo, en el marco de un juicio abreviado.
Según lo establecido en la causa, el fallecimiento del adolescente fue considerado “evitable” y se sostuvo que una atención médica oportuna “hubiera aumentado sus chances de sobrevida”.
Con el sobreseimiento de Castaño, la investigación judicial continúa ahora respecto de otros coordinadores y de las posibles omisiones de cuidado que pudieron haber ocurrido durante el viaje de egresados.