2026-09-11

PODER JUDICIAL

Dos víctimas de una estafa se enfrentaron por el dinero y lograron llegar a un acuerdo

Un hombre había transferido varios millones de pesos para comprar un producto que nunca recibió. El dinero terminó en la billetera virtual de una mujer que aseguró haber sido engañada por la misma persona. La mediación permitió acordar una devolución parcial.

Dos personas que se consideraban víctimas de una misma estafa terminaron enfrentadas por varios millones de pesos que habían sido transferidos de una cuenta a la billetera virtual de una de ellas. La intervención del Centro de Mediación de Bariloche permitió reconstruir lo ocurrido y alcanzar un acuerdo para recuperar parte de un dinero que se daba por perdido.

El conflicto comenzó cuando un hombre intentó adquirir un producto de importante valor económico. Para concretar la operación tomó contacto con una persona que se presentaba como vinculada a una empresa reconocida del sector.

Después de varias conversaciones y ante distintos elementos que reforzaban esa apariencia, recibió una propuesta para realizar una transferencia urgente con el objetivo de asegurar la compra.

El hombre transfirió varios millones de pesos, pero el producto nunca llegó. Después de las primeras demoras, las respuestas dejaron de llegar y comenzó a buscar explicaciones.

Fue entonces cuando descubrió que la operación no figuraba en los registros de la empresa y que el dinero tampoco había ingresado a ninguna cuenta oficial.

Las transferencias habían terminado en una billetera virtual a nombre de una mujer, por lo que inicialmente el reclamo quedó dirigido hacia ella. Sin embargo, cuando fue convocada a la instancia de mediación, explicó que también se consideraba víctima de la maniobra.

Según relató, mantenía con la persona que había organizado la operación una relación económica diferente. Ese hombre tenía una deuda con ella y le había pedido utilizar su billetera virtual porque, según le había explicado, tenía inconvenientes con una cuenta propia.

Cuando recibió las transferencias, la mujer tomó una parte del dinero para cancelar la deuda que esa persona mantenía con ella y entregó el resto. Según sostuvo durante la mediación, desconocía el verdadero origen de los fondos y no sabía que estaban vinculados con una operación fraudulenta.

De esta manera, el hombre que había perdido el dinero y la mujer cuya cuenta había recibido las transferencias quedaron enfrentados por las consecuencias de una maniobra que ambos atribuyeron a un tercero que no pudo ser localizado y que tampoco participó de la mediación.

La instancia prejudicial permitió entonces cambiar el eje del conflicto. El hombre reconoció que debería haber adoptado mayores recaudos antes de transferir una suma importante a una cuenta particular.

La mujer, por su parte, admitió que tampoco debió facilitar su billetera virtual y que el ingreso de una cantidad considerable de dinero requería mayores controles.

La mediadora permitió ordenar lo sucedido y que cada una de las partes pudiera explicar cómo había quedado involucrada en la operación. También participaron una defensora oficial y abogados particulares, que brindaron asistencia jurídica para evaluar las obligaciones y los compromisos que podían asumir.

A partir del diálogo, ambas personas encontraron un punto en común: las dos se consideraban víctimas de una misma persona y ninguna sostenía que la otra hubiera actuado deliberadamente para perjudicarla.

Ese reconocimiento permitió encaminar una solución y, fundamentalmente, recuperar parte del dinero que ya se consideraba perdido.

Como resultado de la mediación, la mujer aceptó devolver una parte de la suma mediante pagos mensuales. El hombre aceptó esa modalidad y, a su vez, asumió el compromiso de colaborar con determinados trámites destinados a solucionar los inconvenientes que la operación había generado sobre la cuenta virtual de la otra parte.

Una vez cumplidos los pagos acordados, el conflicto entre ambos quedará cerrado.

La mediación permitió así reconstruir una operación en la que las dos partes habían quedado perjudicadas, reconocer responsabilidades propias y alcanzar una reparación económica mediante un acuerdo prejudicial, sin necesidad de iniciar un juicio entre ellas.

El acuerdo, sin embargo, no alcanza a todos los involucrados en la operación original ni impide que las partes evalúen otras acciones por fuera de lo pactado.

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