viernes 29 de marzo de 2024
12.5ºc Bariloche

Nueva ordenanza establece una licencia especial para vender bebidas alcohólicas en Bariloche

Se aprobó por unanimidad este jueves en el Concejo Municipal una ordenanza que regula la venta, consumo y control sobre las bebidas alcohólicas en la ciudad de Bariloche. A partir de ahora, quienes las comercialicen y distribuyan deberán contar con una licencia especial.

Nueva ordenanza establece una licencia especial para vender bebidas alcohólicas en Bariloche
jueves 21 de agosto de 2014

A partir de un proyecto presentado en marzo pasado por los bloques de Frente para la Victoria y el Partido Vecinalista por el Cambio, y con dictamen de Asesoría Letrada y de las Comisiones de Acción Social y de Gobierno y Legales, la nueva normativa contempla la prohibición de la venta de todo tipo de bebidas alcohólicas a menores de 18 años en cualquier momento del día y lugar.

Además, establece que los comercios habilitados para vender este tipo de bebidas, deberán exhibir obligatoriamente en un lugar preferencial y de "fácil lectura", un cartel con la leyenda "Este local no vende bebidas alcohólicas a menores de 18 años". Se mantiene asimismo la prohibición de la venta de alcohol a toda persona en el horario de 23 a 8, quedando exceptuados  los establecimientos que realizan la comercialización al copeo.

La normativa también alcanza a los vendedores mayoristas de este tipo de bebidas quienes deberán tramitar la licencia en la Secretaría de Hacienda y renovarla cada dos años. En este sentido queda prohibida la venta a toda persona física o jurídica que no posea dicha habilitación.

En el caso de la venta de bebidas con alcohol al copeo, como en el caso de boliches y locales nocturnos en los que esté permitida la presencia de menores de 18 años y dispendio, la ordenanza establece que "solo podrán realizar el dispendio en vasos o copas que no excedan los 500 centímetros cúbicos, quedando prohibido el suministro vertiendo su contenido en forma directa en envases tipo baldes, jarras, hieleras o similares".

En cuanto al consumo, la normativa lo prohibe en lugares públicos como plazas, parques, ramblas, calles, veredas y paseos; al igual que dentro de estadios u otros sitios cuando se realicen actividades deportivas, artísticas o educativas. (BO)

Te puede interesar
Últimas noticias