Causa Techo Digno: el STJ dará a conocer el 5 de noviembre su primera sentencia
El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) resolvió este miércoles admitir la queja presentada por el Fiscal General en relación con la absolución del ex intendente de Bariloche Gustavo Gennuso en la denominada causa Techo Digno.
La decisión implica que el máximo tribunal provincial analizará la cuestión de fondo planteada por la Fiscalía. La sentencia será dada a conocer el próximo 5 de noviembre, a las 12 horas.
Se trata de la primera de las causas vinculadas al programa nacional de construcción de viviendas Techo Digno que llega a consideración del Superior Tribunal de Justicia.
El tribunal estuvo presidido por Ricardo Apcarian e integrado por Liliana Piccinini, Sergio Ceci y Cecilia Criado, además de Adrián Zimmermann, juez del Tribunal de Impugnación que intervino en carácter de subrogante.
La acusación estuvo representada por el Fiscal General Fabricio Brogna, mientras que la defensa de Gennuso estuvo a cargo de Manuel Maza y Luciano Perdriel. El ex intendente participó de la audiencia mediante Zoom.
Tras escuchar los primeros argumentos de las partes, el tribunal dispuso un cuarto intermedio. Al retomar la audiencia, el STJ decidió por mayoría abrir la queja en su totalidad al considerar que la Fiscalía había presentado argumentos suficientes respecto de una eventual arbitrariedad de la sentencia.
A partir de esa resolución comenzó el tratamiento del Recurso Extraordinario, instancia en la que Fiscalía y Defensa expusieron principalmente sobre el principio de congruencia, la supuesta arbitrariedad del fallo y la discusión acerca de si los fondos fueron o no sustraídos de las esferas de control público.
Brogna sostuvo que Gennuso había “sustraído” los fondos del ámbito de control y afirmó que el propio ex intendente había reconocido esa circunstancia, justificando la decisión en la necesidad de evitar perder los recursos.
El Fiscal General planteó además que una eventual condena bajo una calificación distinta y de menor gravedad que el peculado, como podría ser la administración fraudulenta, no implicaría necesariamente una vulneración del principio de congruencia.
Por su parte, Maza rechazó esa interpretación y sostuvo que los fondos permanecieron siempre dentro de la órbita municipal, por lo que, según la defensa, nunca dejaron de estar sometidos a controles públicos.
También argumentó que el peculado y la malversación constituyen figuras penales diferentes y sostuvo que una modificación de la calificación podría afectar el derecho de defensa de Gennuso. Además, planteó que una eventual imputación por malversación se encontraría prescripta.
Finalizadas las exposiciones, el Superior Tribunal de Justicia informó que dará a conocer su decisión el 5 de noviembre a las 12, cuando se conocerá la primera sentencia del máximo tribunal provincial en una causa vinculada al programa Techo Digno.