Caso Manuel Benítez: Rechazaron la recusación del juez Campana
En una reciente resolución judicial, el Juez Juan Martín Arroyo rechazó la recusación planteada por la querella y la fiscalía en el marco del juicio por la muerte del refugiero Manuel Benítez.
La recusación fue planteada argumentando que el Juez, el Dr. Campana, era socio del Club Andino Bariloche, lo que generaba dudas razonables sobre su imparcialidad en el caso. El imputado en cuestión era el concesionario del Refugio Frey.
La querella argumentó que el Club Andino Bariloche tenía la responsabilidad de fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones laborales para la contratación de personal, y que el imputado no cumplió con estas obligaciones, lo que condujo a la trágica muerte de Benítez. Por lo tanto, la querella consideró que el Juez no podía ser imparcial debido a su relación con el club.
La Fiscalía, por su parte, señaló que el Juez y su familia eran miembros activos del Club Andino Bariloche, lo que podría generar dudas sobre su imparcialidad para tomar decisiones sobre la admisibilidad de pruebas, la calificación jurídica y la pertinencia de testigos en el caso.
El Juez Arroyo, al responder a esta recusación, consideró que la relación del Juez con el Club Andino no era motivo suficiente para apartarlo del caso. Señaló que, si bien el Juez era socio activo del club, no tenía vínculos con el imputado ni con la víctima. Además, aclaró que el Club Andino no era parte del proceso penal, y cualquier reclamo laboral o civil futuro relacionado con el club no afectaría la imparcialidad del Juez en el caso penal.
Arroyo comparó la situación con un ejemplo hipotético en el que un Juez tuviera relaciones con una empresa cuyo empleado estaba siendo juzgado por un accidente de tránsito. En este caso, la relación con la empresa no afectaría la imparcialidad del Juez en el caso penal, ya que la empresa no es parte del proceso.
El Juez concluyó que la recusación no cumplía con los requisitos legales para ser aceptada, ya que no existían motivos graves que afectaran su imparcialidad. Por lo tanto, decidió no hacer lugar a la recusación y permitir que el Dr. Campana continuara interviniendo en el caso.