PODER JUDICIAL
Condenan a empresa hotelera por despedir a una trabajadora tras ser madre
Una trabajadora que se desempeñaba como mucama en un hotel de Bariloche bajo contrato de temporada fue despedida tras su embarazo, sin haber recibido una convocatoria formal para reincorporarse. La Justicia laboral consideró que la desvinculación fue injustificada y ordenó una indemnización, aplicando perspectiva de género.
La Cámara de Trabajo de Bariloche dictó sentencia en primera instancia y resolvió que la empresa deberá abonar las indemnizaciones previstas en la Ley de Contrato de Trabajo, además de multas, intereses y honorarios.
Según el fallo, la trabajadora había manifestado su voluntad de continuar en la temporada 2022 a través de un telegrama, medio que ya había utilizado en años anteriores. Sin embargo, no obtuvo respuesta ni fue convocada. La empresa argumentó que había publicado un aviso en un diario regional, pero el tribunal rechazó esa explicación por considerarla ambigua e insuficiente.
“No puede la demandada esperar que la actora realizara una minuciosa interpretación del texto notificado, el cual sin dudas da lugar a doble interpretación”, señala la resolución. El fallo también destacó que la empresa tenía conocimiento del reciente nacimiento del hijo de la trabajadora, lo cual permitió aplicar los artículos 178 y 182 de la ley, que contemplan indemnizaciones ante despidos discriminatorios por maternidad.
La Cámara sostuvo que la responsabilidad de demostrar cómo se realizaban las convocatorias recaía sobre la empresa, en aplicación del principio de la carga dinámica de la prueba. Además, subrayó que la publicación de avisos en medios gráficos no reemplaza la obligación de notificar de manera fehaciente, especialmente si esa vía no fue informada previamente a las personas trabajadoras.
La sentencia no está firme y se encuentra dentro del plazo de apelación.