2025-06-26

Cortés desplazó al subsecretario de Cultura tras pedido del Tribunal de Contralor

El intendente de Bariloche firmó la resolución que deja sin efecto la designación de Gustavo Gaminao como subsecretario de Cultura, en el marco de una causa judicial en trámite por presunto abuso sexual simple contra una menor.

A través de la Resolución Nº 00001278-I-2025, el intendente Walter Cortés dejó sin efecto la designación de Gustavo Gaminao como subsecretario de Cultura de Bariloche, luego de que el Tribunal de Contralor municipal solicitara formalmente su desplazamiento por motivos considerados graves e incompatibles con el ejercicio de la función pública.

La decisión fue tomada el 25 de junio de 2025, a partir de un pedido de evaluación formal presentado por la Secretaría Legal y Técnica del Ejecutivo local, en el marco de la causa penal que involucra al funcionario, acusado de presunto abuso sexual simple contra una menor de edad.

El argumento del Tribunal y la resolución firmada

Según detalla la Resolución N° 53-TC-2025, emitida por el Tribunal de Contralor, la situación procesal de Gaminao y la duración estimada del proceso judicial afectaban el normal funcionamiento del área de Cultura. Por ese motivo, el organismo de control consideró que mantener el cargo vacante hasta marzo de 2026 —fecha prevista para la audiencia judicial— no resultaba viable para la gestión municipal.

Inicialmente, Gaminao había solicitado una licencia sin goce de haberes hasta que se resolviera su situación judicial. Sin embargo, el Tribunal evaluó que esa alternativa no garantizaba la continuidad institucional del área, recomendando su remoción definitiva.

El intendente Cortés adoptó la sugerencia mediante la Resolución mencionada, dejando sin efecto la designación realizada previamente a través de la Resolución Nº 780-I-2025.

Contexto de la causa y medidas adoptadas

Si bien el funcionario aún no ha sido juzgado, el Ejecutivo consideró que el proceso en curso es suficiente para revisar su continuidad en el cargo, en línea con lo establecido en la Ordenanza 2554 sobre ética en la función pública. La medida se enmarca en la aplicación del Artículo 51º de la Carta Orgánica Municipal, que faculta al Intendente a realizar designaciones y remociones de funcionarios.

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