PODER JUDICIAL
Cayó de un camión mientras trabajaba, sufrió fractura de cráneo y deberán indemnizarlo
Un trabajador de Viedma sufrió un grave accidente laboral mientras realizaba tareas de reparto, al caer desde la caja de un camión en movimiento tras una maniobra brusca del conductor. El vehículo dobló en una esquina y el hombre perdió el equilibrio, impactando violentamente contra el asfalto.
Como consecuencia del golpe, sufrió un traumatismo encéfalo craneano grave, con pérdida de conocimiento y convulsiones. Fue trasladado de urgencia al hospital de Viedma, donde ingresó en estado de coma y requirió asistencia respiratoria. Debido a la gravedad del cuadro, fue derivado a un centro de mayor complejidad y permaneció varios días internado en terapia intensiva.
El diagnóstico médico confirmó una fractura de cráneo y lesiones auditivas, lo que obligó al trabajador a iniciar un prolongado proceso de rehabilitación tras recibir el alta hospitalaria.
Según se acreditó en la causa, la empresa para la que prestaba servicios no denunció el accidente ante una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), no brindó cobertura médica ni asumió los costos de la recuperación. Además, el trabajador afirmó que solo percibió una parte de su salario y que la relación laboral nunca fue registrada formalmente.
Luego del alta definitiva, notificó a la firma su intención de reincorporarse, reclamó el pago de los haberes adeudados y exigió la regularización de la relación laboral, pero no obtuvo respuesta. Ante esta situación, se consideró despedido por injuria grave y presentó una demanda ante la Cámara del Trabajo de Viedma.
La sentencia reconoció la existencia de una relación laboral no registrada desde una fecha anterior al accidente y confirmó que el siniestro ocurrió durante una jornada de trabajo. El tribunal sostuvo que, ante la ausencia de cobertura de una ART, la responsabilidad por las consecuencias del accidente recae directamente sobre la empresa.
Dos pericias médicas incorporadas al expediente determinaron que el trabajador padece hipoacusia traumática en el oído izquierdo y un desorden mental orgánico, con impacto en su vida personal y social. En base a estas evaluaciones, se fijó una incapacidad parcial, permanente y definitiva del 29,76 %, calculada según el criterio de Capacidad Restante Residual.
Finalmente, la Cámara del Trabajo de Viedma ordenó a la empresa el pago de las sumas reclamadas y estableció un plazo de diez días para cumplir con la sentencia.