PODER JUDICIAL
Condenan a empresa de telefonía tras grave accidente: un cable a baja altura derribó a una mujer embarazada
Una mujer que circulaba en moto por la calle Almirante Brown de General Roca, con seis meses de embarazo, sufrió un grave accidente al impactar contra un cable telefónico que colgaba a baja altura, lo que derivó en una condena judicial contra la empresa Telefónica de Argentina.
Según se reconstruyó en la causa, el cable se encontraba a aproximadamente un metro y medio del suelo y se enganchó en el cuello y el casco de la motociclista, lo que provocó que perdiera el control y cayera violentamente sobre la calzada.
El hecho generó una escena de gran conmoción. Vecinas del barrio acudieron rápidamente a asistirla, mientras la mujer permanecía en estado de shock tras el impacto.
Como consecuencia del accidente, la víctima sufrió una herida en el cuello que derivó en una cicatriz permanente de ocho centímetros, además de secuelas emocionales vinculadas al episodio.
El fuero Civil de Roca hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios, por lo que la empresa deberá afrontar el pago de una indemnización. El fallo contempla el tratamiento estético para mejorar la cicatriz, basado en informes médicos que indicaron la necesidad de sesiones de láser.
También se reconocieron los daños materiales en la motocicleta, los gastos de movilidad y la necesidad de un tratamiento psicológico, recomendado por peritos a raíz del impacto emocional sufrido.
En cuanto al daño moral, la jueza valoró la edad de la mujer (36 años), la visibilidad de la cicatriz, el contexto de embarazo al momento del hecho y las secuelas psicológicas.
No obstante, la sentencia no hizo lugar al reclamo por incapacidad sobreviniente en términos patrimoniales, al considerar que la lesión no afectó su capacidad laboral.
Durante el proceso, la empresa demandada negó los hechos y sostuvo que el cable no le pertenecía, planteando así la falta de responsabilidad.
Sin embargo, la prueba documental, testimonial y pericial resultó determinante. Dos testigos coincidieron en que el cable colgaba de manera peligrosa y que la motociclista cayó tras engancharse con él.
Además, informes municipales y técnicos confirmaron que en el lugar existían instalaciones de distintas empresas y que, por sus características, el cable correspondía a Telefónica de Argentina.
La jueza encuadró el caso en la responsabilidad objetiva por el riesgo de la cosa, considerando acreditados el hecho, la intervención del cable y la relación causal con el daño. También sostuvo que la empresa no logró demostrar ninguna causa que la eximiera de responsabilidad.
En consecuencia, rechazó la defensa de falta de legitimación y atribuyó la responsabilidad a la empresa como propietaria del cable.